Requisitos y procedimientos para solicitar un visado de estudiante a España

Si planeas estudiar en España por un periodo superior a los 90 días, es necesario que solicites un visado de estudios previo al viaje. Si la duración es inferior a los 90 días puedes realizar los estudios visitando el país por medio del Tratado Schengen (si tu país de origen es beneficiario de este tratado) o solicitando una visa de turismo/corta duración (por los momentos en Latinoamérica solo aplica para ciudadanos de Ecuador, Bolivia, Cuba y República Dominicana).

Para consultar más información sobre los requisitos de entrada a la Unión Europea por corta estadía puedes leer nuestros otros artículos:

Reglamentación, excepciones y beneficios del Tratado Schengen y países de Latinoamérica que requieren visa para viajar a Europa

Requisitos para ser admitido en la Unión Europea como turista o visitante de corta estadía

La solicitud se realiza en el Consulado de España del país donde residas legalmente y debe solicitarse una cita para presentar toda la documentación requerida (al final de este artículo encontrarás los enlaces de los consulados españoles por países).


Los requisitos y pasos para la solicitud de la visa de estudios son (para estudios entre 3 y 6 meses):

  1. Solicitar la cita al consulado local
  2. Verificar las tasas del visado, formas y momento de pago (Costo €60, a ser pagado en moneda local)
  3. Completar debidamente y firmar el formulario de Solicitud de Visado Nacional, puedes descargarlo aquí
  4. Pasaporte original con una validez que supere la estancia en 3 meses y copia (el pasaporte será retenido por el Consulado hasta la resolución de la solicitud del visado)
  5. Residencia legal vigente en el país desde donde aplicas, para ciudadanos extranjeros
  6. Fotografía actual a color, tamaño pasaporte, de frente, fondo blanco.
  7. Solvencia económica suficiente para cubrir los gastos de estancia y manutención (mínimo de 538 € por mes de estancia, al momento de la publicación de este artículo 2017), así como para cubrir el coste total del curso a realizar en España. Entre otros, podrá acreditarse mediante beca, medios económicos propios o de sus padres con carta de compromiso y copia de la Identificación o del Pasaporte. En estos dos últimos casos, el interesado deberá adjuntar los tres últimos estados de cuentas o nómina. En caso de que los medios económicos sean mediante beca se tiene que presentar documento original de la asignación de la beca en el que conste el periodo y cuantía de la misma.
  8. Titulación de estudios previos o certificado de alumno regular
  9. Justificante de alojamiento: contrato de arrendamiento, reserva en Colegio Mayor, reserva hotelera, etc.
  10. Seguro público o un seguro privado de enfermedad, concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España que cubra todo el periodo de estancia (mínimo €30,000 de cobertura). Para consultar los precios de seguros de viaje internacional puedes visitar nuestra sección de Seguros.
  11. Carta de admisión de la institución, convenio de prácticas o de voluntariado firmado por los organismos implicados, según el caso, que indique nombre del estudiante, nombre del curso o actividad a realizar, fecha  de inicio y finalización de  estancia,  nombre, dirección y teléfono de la institución, así como costo total del curso y pagos realizados. Importante: La entidad donde tenga previsto realizar los estudios debe ser un centro reconocido por las autoridades españolas (es decir, por la Comunidad Autónoma donde esté situado el centro o por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España). De lo contrario, su visado podría ser denegado.

Si los estudios superan los 6 meses, además de lo nombrado anteriormente se deberá presentar:

12. Certificado médico expedido en los últimos 3 meses por médico o institución sanitaria donde figure la firma y cédula profesional del mismo, que acredite de forma textual que el interesado no padece ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

13. Certificado de antecedentes no penales expedido en los últimos 3 meses por la autoridad competente del país de origen o países donde el interesado haya residido los últimos 5 años con la Apostilla de la Haya del estado que lo expida.


Visado para escolarización de menores de edad:

Todos los requisitos anteriores excepto antecedentes penales y además:

a. En el caso de que no viaje con los padres, debe presentar acta de manifestaciones suscrita por la entidad o persona que se hace cargo del menor, expresando que no tiene objeto de la adopción y se comprometa a favorecer el regreso a su país de origen o procedencia.

b. Acta de nacimiento con apostilla de la Haya.

c. Autorización ante notario de padres o tutores legales del menor para la estancia en España con apostilla de la Haya.

Para desplazamiento de menores con fines de escolarización, con entidades públicas, privadas,  familias o personas individuales que no tengan la patria potestad o tutela siempre es exigible además presentar informe previo favorable que tiene que obtener en la subdelegación del gobierno de la provincia donde vaya a vivir.

Notas importantes:

  • Se recomienda no reservar el vuelo hasta que se le haya notificado la concesión del visado.
  • La solicitud del visado se presentará con una antelación máxima de 3 meses a la fecha prevista del comienzo de los estudios. El tiempo promedio de respuesta es un mes desde el día de la cita (el visado y pasaporte deben ser retirados en el plazo de dos meses desde el momento de la notificación) -varía según el consulado-.
  • Familiares del estudiante: El cónyuge, la pareja de hecho e hijos menores de 18 años o con incapacidad que soliciten un visado como acompañantes del interesado, deberán presentar además acta de matrimonio, o nacimiento, según el caso (con la Apostilla de la Haya). Se debe demostrar el soporte económico para el primer familiar dependiente del 75% del valor mensual de la manutención exigida para el estudiante y del segundo y sucesivos del 50% del valor, por persona (base €538 al momento de esta publicación 2017).
  • Plazas M.I.R (Prácticas de formación en residencia para especializades médicas): Deben presentar todos los requisitos del visado de estudiante (excepto solvencia económica y seguro de asistencia médica) así cómo certificado del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de España con los datos del estudiante y plaza asignada.
  • Para estancias formativas en centros de salud y hospitales, deberán presentar una autorización previa del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, presionar aquí para más información.
  • Si el tiempo de estudios es superior a 6 meses, el visado expedido tiene una validez de TRES MESES y dentro del primer mes de estancia en España deberá acudir a una Oficina de Extranjería y solicitar la tarjeta de estudiante, que le permitirá permanecer en España por el tiempo que duren sus estudios. Esta tarjeta tiene habitualmente una validez de un curso académico y debe ser renovada anualmente.
  • Permiso de trabajo: Una vez en España tendrá que solicitar la correspondiente autorización de trabajo en la Oficina de Extranjería y cumplir los requisitos exigidos para obtenerla, siempre que el trabajo sea compatible con la actividad para la que se concedió la estancia y que los ingresos obtenidos no tengan el carácter de recurso necesario para el sustento del extranjero. Sin embargo, no será preciso solicitar autorización para aquellas prácticas no laborales en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios para el que se otorgó la autorización de estancia y que se produzcan en el marco de los correspondientes convenios de colaboración entre dichas entidades y el centro docente o científico de que se trate.

Los ciudadanos de países pertenecientes a la Unión Europea, no necesitan de un visado de estudios para estudiar en España.

En el siguiente infograma encontrarás un resumen de los pasos para obtener el visado de estudiante a España.


A continuación encontrarás los enlaces para visitar la página del Consulado de España en cada país, donde podrás consultar requisitos específicos, tasas en moneda local, pasos para concertar la cita y horarios de atención al público.

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