Homologación de títulos profesionales en España

 




Si has emigrado a España ya siendo profesional en tu país de origen, es importante que realices la homologación de tus títulos profesionales (grado o master) para que tengas los mismos derechos al momento de postularte a una vacante laboral en el país. En este artículo te indicaremos los pasos que debes realizar, documentos a reunir y cómo presentar la solicitud.

O llenando el formulario en físico que puedes descargar desde el siguiente enlace:

https://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:452f8721-6b6d-4d81-869a-3896f5e8d547/solicitud-homologacion.pdf

  • Documentos requeridos: Copia compulsada (certificada) del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.
  • Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial. Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
  • Acreditación del pago de la tasa, para consultar la tasa vigente de esta solicitud, puedes consultar el siguiente enlace:

http://www.ciencia.gob.es/portal/site/MICINN/menuitem.8ce192e94ba842bea3bc811001432ea0/?vgnextoid=91b2185146fa6610VgnVCM1000001d04140aRCRD

  • Documentación adicional (según el caso): Homologación al título que da acceso a la profesión regulada de: Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos/ Ingeniero de Minas/ Ingeniero Industrial/ Ingeniero Aeronáutico/ Ingeniero Agrónomo/ Ingeniero de Montes/ Ingeniero Naval y Oceánico/ Ingeniero de Telecomunicación/ Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.
  • Homologación al título que da acceso a la profesión regulada de Médico.

NOTA: No será necesaria la aportación de los programas formativos por parte de los solicitantes de      homologación de títulos extranjeros de educación superior al correspondiente título oficial universitario español de Grado que dé acceso a la profesión regulada de Médico en España si obtuvieron su título en alguna de las universidades incluidas en el siguiente anexo (salvo petición expresa por parte de la Unidad tramitadora).

Si el título que se pretende homologar ha sido obtenido antes de los 6 años previos a la fecha de presentación de la solicitud se deberá presentar, obligatoriamente, documentación acreditativa del ejercicio profesional en condiciones de ejercicio como médico autónomo y no asociado o tutelado, o bien, la formación continuada de, al menos, 3 años dentro de los últimos 5.

Cuando el titulado resida en otro país diferente al de expedición del título y no pueda acreditar experiencia profesional en los últimos años en el país de titulación, además de los documentos acreditativos del ejercicio profesional como médico autónomo, el interesado deberá aportar la certificación acreditativa de la institución y copia de la homologación de su título que habilite para el ejercicio de la profesión como médico en dicho país de residencia.

 

Todos los documentos que se aporten deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate. Asimismo, en los casos en los que sea necesario, los documentos originales han de estar debidamente legalizados.

Se recuerda que para la tramitación de los expedientes de homologación de títulos extranjeros NO deberá presentar originales de los títulos, programas o cualquier otra documentación, sino fotocopia compulsada de dichos documentos. No obstante, si a pesar de todo lo anteriormente expuesto, el interesado ha presentado títulos o programas originales y desea retirar dicha documentación, deberá presentar una solicitud de devolución, dirigida a la Subdirección General de Títulos (Paseo de la Castellana 162, 28046 Madrid), adjuntando un sobre o caja PREPAGO (con el debido franqueo) acorde con el volumen o peso de la documentación a devolver en el que figure nombre y la dirección de destino y, para el caso de títulos o diplomas, un estuche cilíndrico con el mismo tipo de prepagado.

De ser necesaria documentación adicional, será solicitada al postulante.

Las autoridades competentes para la compulsa (certificación) de las fotocopias de los documentos son:

La solicitud de homologación puede presentarse en cualquier registro público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunos de las administraciones locales (numerosos Ayuntamientos han suscrito convenios que les permiten actuar como Registro Público).

Las resoluciones de homologación de títulos extranjeros de educación superior se formalizarán mediante credencial expedida por la Subdirección General de Títulos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Puede retirar la credencial personalmente o a través de persona o Gestoría debidamente autorizada mediante Poder Notarial o autorización escrita al efecto, con firma del interesado y acompañada de fotocopias del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del interesado y de la persona autorizada en Subdirección General de Títulos, Paseo de la Castellana 162, 28046 Madrid (de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas). El interesado podrá solicitar, mediante escrito dirigido a la Subdirección General de Títulos, que desea que su credencial se le envíe al Área de Alta Inspección de Educación de la Delegación del Gobierno o en la Subdelegación del Gobierno en la que desee personarse para su retirada. En su caso, podrá solicitar, a través del mismo cauce, que la credencial le sea enviada a la Consejería de Educación de la Embajada de España en donde desee proceder a su retiro.

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa

La homologación de títulos profesionales está regulada por la siguiente normativa:

Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre

Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre

En ellos encontrarás las disposiciones precisas sobre este trámite y es importante que los consultes para aclarar cualquier duda o comunicarte con los datos de contacto dados arriba.

Fuente: Ministerio de Educación y Formación Profesional de España

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